Artículo destacando la importancia y el sentido social de los Archivos para la efectividad del Derecho a la Verdad
Público/Blog Dominio Público/Ramón GÓRRIZ y José Babiano
Presidente de la Fundación 1º de Mayo; y director del Área de Historia, Archivo y Biblioteca de la misma entidad
El 9 de junio se celebra cada año, desde 2007, el Día Internacional de los Archivos. No es una efeméride muy conocida más allá del ámbito de los propios archivos y de sus profesionales. No obstante, sirve de recordatorio de su función social y de la labor que desarrollan a diario, casi siempre silenciada. Su importancia reside en que son garantes de los derechos de acceso a la información y al conocimiento del pasado. Aclaremos que el establecimiento de la fecha se debe a la iniciativa del Consejo Internacional de Archivos, dado que ese organismo internacional de carácter profesional se constituyó ese día de 1948 bajo los auspicios de la UNESCO.
Esta vez la conmemoración nos ha sorprendido después de casi tres meses de cierre de las instalaciones debido al estado de alarma instaurado por la pandemia del coronavirus. Bien es cierto que muchos archivos vienen prestando desde hace semanas sus servicios a través del correo electrónico y telefónicamente. En todo caso, las vísperas de la reapertura de puertas para la atención presencial y el 9 de junio nos ofrecen una ocasión para detenerse por un momento para la reflexión.
En España los archivos públicos todavía no se han repuesto de las severas políticas de austeridad de comienzos de la segunda década de este siglo. Esto quiere decir que todavía cuentan con menos personal y menos recursos que entonces. Se entenderá con un par de ejemplos. Todavía en 2018 no se habían repuesto los más de 250 profesionales que habían causado baja en los archivos de la Administración General del Estado. Por entonces (este es el segundo ejemplo), el Sistema de Archivos del Ministerio de Defensa contaba con menos archiveros y archiveras que centros de archivo. Esto repercute directamente en la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía, de manera que, por ejemplo, los tiempos marcados en sus Cartas de Servicio para la remisión de copias a los usuarios se multiplican. De este modo se alza un obstáculo no sólo al derecho a la información y al conocimiento del pasado de la ciudadanía, sino también al Derecho a la Verdad que asiste a las victimas de crímenes de lesa humanidad, como son los crímenes franquistas.
Más allá de estas deficiencias materiales, todavía persisten dificultades en el acceso a los archivos públicos. Hace ya seis años, el propio Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff, señalaba al respecto que: “(…) la legislación y reglamentaciones vigentes no resuelven las dificultades mencionadas en materia de acceso, las cuales pueden abordarse a través de una política estatal y una ley de archivos que revise los criterios aplicables en materia de privacidad y confidencialidad, de conformidad con los estándares internacionales, incluyendo el derecho a la verdad”.
La situación permanece invariable desde entonces, lo que significa que los archivos públicos continúan siendo una pieza clave de la impunidad del franquismo. Esta realidad no ha pasado desapercibida a los Grupos Parlamentarios Socialista y de Unidas Podemos ni a los senadores de la Coalició Comprimís que han presentado en el Congreso y en el Senado hasta tres Proposiciones de Ley sobre la Memoria Democrática. En efecto, pues a lo largo del articulado de las tres aparecen propuestas normativas relativas a los archivos, incluidas algunas destinadas a la accesibilidad a los mismos. Aunque evidentemente han de valorarse como un progreso, lamentablemente creemos que ninguna de las tres Proposiciones de Ley resuelve definitivamente esta última cuestión. Así, por ejemplo, no consideran las recurrentes contradicciones que se generan entre la Ley 19/2013 de Transparencia, a la que se refirió el propio Pablo de Greiff en su Informe, y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos. Contradicciones que a menudo se saldan con la negación del derecho a la información, porque a veces hasta a los muertos les asiste el derecho a la protección de sus datos. No otra cosa motivó aquél intento de censura a propósito de la publicación del expediente del Consejo de Guerra al poeta Miguel Hernández y el subsiguiente revuelo.
Tampoco toman en consideración lo que constituyen dos auténticas guías en esta materia. Se trata del informe del propio Consejo Internacional de Archivos y la UNESCO sobre Políticas archivísticas para la defensa de los derechos humanos. Coordinado por Antonio González Quintana, fue actualizado en 2008. Más recientemente, en 2015, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos publicó un documento importante para lo que ahora aquí importa: Instrumentos del Estado de Derecho para Sociedades que han salido de conflictos. Archivos. Más allá de las Proposiciones de Ley comentadas, cuarenta y cinco años después de la desaparición de Franco, resulta imprescindible una Ley de Acceso a los Archivos.
La muerte reciente del policía y torturador Antonio González Pacheco con todas sus condecoraciones y honores en vigor un mes después de que falleciera uno de sus torturados, José María Galante, nos recordó que no queda tiempo. No queda tiempo para los familiares de la gente enterrada en cunetas, no queda tiempo para los torturados, no queda tiempo, en fin, para las victimas. Es urgente el acceso al Derecho a la Verdad, que sólo los archivos pueden garantizar. Eso si, a condición de que pueda accederse a ellos.