FꓤANCISCO JAVIER ЯODRÍGUEZ AMOЯÍN

Anekdotas o lapsus na razón.

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10 ene 2020

La Plataforma Valenciana no acepta la postura de la fiscalía


Acció Ciutadana contra la impunitat del franquisme al Pais Valencià / Plataforma de
support a la Querella Argentina


Nota de prensa


La fiscalía pide el sobreseimiento de las querellas por torturas en el Franquismo presentadas en octubre en los juzgados valencianos.

Desde la Plataforma de support a la Querella Argentina que impulsa y coordina las c bnmquerellas presentadas hemos de señalar ante esta noticia aparecida en Valencia Plaza lo siguiente:


Primero trasladar el bochorno de nuestras compañeras y compañeros querellantes y de sus abogadas por tener conocimiento a través de los medios de esta noticia y no por directa. Lo que ya es un indicio de por dónde puede transcurrir la recomendación de la fiscalía: falta de sensibilidad y consideración hacia los querellantes, como personas que han sufrido graves violaciones de derechos humanos. En este país las víctimas de la represión franquista han tenido y tienen un tratamiento indigno y desconsiderado.

En segundo lugar, los argumentos filtrados que se utilizan para proponer el sobreseimiento de estas querellas se basa en las recomendaciones que realizara la Fiscalía General del Estado en 2016, respondiendo entonces a las peticiones de apoyo judicial que la jueza argentina Maria
Servini -responsable de la causa conocida como Querella Argentina que juzga en aquel país los crímenes del franquismo- realizara a la justicia española para llevar a cabo adecuadamente su investigación.

Básicamente la negativa de la fiscalía se basaba en señalar que los hechos han
prescrito, en el principio de legalidad y en la existencia de la Ley de Amnistía de 1977.
Pero esta interpretación de la Ley por parte de la Fiscalía contradice el Derecho Internacional de Derechos Humanos que, a la vez, está incorporado a nuestro propio ordenamiento jurídico. Lo hemos señalado en diversas ocasiones:
a) Los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles.
b) El principio de legalidad internacional, consagrado en multitud de Tratados y
Convenios internacionales –a título de ejemplo citaremos el artículo 15.2 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos- obliga al Estado español a investigar y enjuiciar crímenes que, aunque no estuvieran tipificados como tales en su propia normativa interna, tendrían tal consideración en virtud de los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional, tal y como acontece en
este caso.
c) La Ley de Amnistía no despliega efecto alguno que pueda impedir u obstaculizar la investigación y enjuiciamiento de crímenes contra la humanidad, tal y como han expuesto en reiteradas ocasiones los expertos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en consonancia con la doctrina de los diferentes tribunales internacionales.

En 2020 la Fiscalía debería de actualizar sus argumentos para así no vulnerar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva de los querellantes, teniendo en consideración que las víctimas de torturas y vejaciones sufridas durante el franquismo por parte de miembros de la
Brigada Político Social y de la Guardia Civil, reclaman su derecho a la justicia. Un derecho que les pertenece y que el sistema judicial debería de proteger en lugar de seguir negando la investigación de los crímenes del franquismo y actuando a favor de la impunidad.

La Fiscalía pide que se archiven todas las querellas contra los torturadores

Público

Aduce que los hechos han prescrito y los posibles culpables estarían amparados por la Ley de Amnistía de 1977. Ahora el juez deberá tomar una decisión.

https://m.publico.es/politica/2131513/la-fiscalia-pide-que-se-archiven-todas-las-querellas-presentadas-en-valencia-contra-los-torturadores-de-la-dictadura-franquista?utm_campaign=web&utm_medium=social&utm_source=whatsapp

La Fiscalía pide que se archiven todas las querellas presentadas en València contra los torturadores de la dictadura franquista

Aduce que los hechos han prescrito y los posibles culpables estarían amparados por la Ley de Amnistía de 1977. Ahora el juez deberá tomar una decisión.

La Fiscalía de València ha pedidoarchivar la causa que agrupa numerosas querellas contra torturadores policiales durante la dictadura de Francisco Franco en un juzgado valenciano, ya que, según la Fiscalía General del Estado, los hechos han prescrito y los posibles culpables estarían amparados por la Ley de Amnistía de 1977.

La Fiscalía del Estado ordenó en julio de 2019 a la de València que pidiera el sobreseimiento. Ahora, en un escrito, la Fiscalía Provincial de València cumple esa orden.

La causa, de la que es competente el Juzgado de Instrucción número 15 de València y en el que se han acumulado varias querellas porque coincide la identidad de acusados y hechos, es una de las últimas abiertas contra torturadores del franquismo en los juzgados españoles, la gran mayoría de las cuales ha sido inadmitida o ha sido luego archivada.

Todas ellas derivan de la llamada querella argentina de víctimas del franquismo que siguió un juzgado criminal federal de ese país, que envió comisiones rogatorias a los tribunales españoles que fueron rechazadas.

En la circular que la Fiscalía del Estado envió a la valenciana recordaba que ya se opuso a aquellas comisiones rogatorias enviadas desde el juzgado argentino, no solo por la competencia sobre los mismos de la Justicia española, sino por las mismas razones que ahora llevan a solicitar este sobreseimiento: porque los hechos están prescritos y les es de aplicación la Ley de Amnistía.

El rechazo a la causa argentina ha llevado a las víctimas del franquismo a presentar querellas en varios juzgados de València que retornan a la jurisdicción española «desligándose con ello de la querella argentina», recordaba también la Fiscalía de Estado antes de afirmar que «pese a ello, los criterios sostenidos por la Fiscalía General no se han modificado».

Y, así, reiteraba que pese a que esta causa es diferente de la llamada querella argentina, «el sustrato de las querellas es sustancialmente idéntico y procede reiterar los argumentos que fueron emitidos, oponiéndose a la pretensión de inicio de las actuaciones judiciales que tengan como finalidad la persecución de hechos prescritos y a los que sea de aplicación la Ley de Amnistía».

Las querellas presentadas en València contra el exmiembro de la Brigada Política y Social de la policía franquista Benjamín Solsona se sumaron a otras presentadas en Madrid contra Billy el Niño, en Asturias contra el expolicía Pascual Honrado y en el País Vasco contra el capitán Jesús Muñecas. La práctica totalidad de ellas ha sido inadmitida o archivada.

Ahora el juez valenciano deberá tomar una decisión, aunque tanto la Audiencia Nacional como la Audiencia Provincial de València y otros juzgados coinciden con el criterio de la Fiscalía: han archivado causas o, en el caso de la Audiencia Nacional, se ha opuesto a la entrega de Billy el Niño a Argentina.

 
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