FꓤANCISCO JAVIER ЯODRÍGUEZ AMOЯÍN

Anekdotas o lapsus na razón.

13 jul 2018

Presentadas 2 nuevas querellas contra Billy el niño por torturas

Ceaqua

 

COMUNICADO DE PRENSA CEAQUA

En el día de hoy, 13 de julio de 2018, se han presentado dos querellas criminales en los Juzgados de Instrucción de Madrid por parte de Adolfo Rodríguez Gil y Julio Gomáriz Acuña.

Ambas están dirigidas contra diferentes miembros de la policía política franquista, entre otros, Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, por las torturas que sufrieron.

Adolfo Rodríguez Gil fue detenido en dos ocasiones por agentes de la Brigada Político Social entre los que se encontraba Billy el Niño, una de ellas en mayo de 1972 y la otra a principios del año 1974. En la primera detención fue sometido a tortura.

Julio Gomáriz Acuña fue detenido en tres ocasiones durante el período comprendido entre 1970 y 1976 y, de igual forma, fue brutalmente torturado.

Tal y como se indica en el texto de las querellas presentadas, dichos delitos constituyen crímenes contra la humanidad porque formaban parte de un ataque planificado y sistemático
contra la población civil, organizado por y desde los aparatos de la dictadura franquista para reprimir a la disidencia política de la época. Esto es, dichos ataques estaban dirigidos contra todas
aquellas personas que ejercían oposición política al régimen, reclamando y requiriendo el reconocimiento de derechos fundamentales que hoy están reconocidos constitucionalmente.
Con la presentación de estas querellas se ofrece una nueva oportunidad en una doble vertiente:
1.- Que la Fiscalía cambie y modifique el criterio mantenido hasta la fecha e informe favorablemente respecto a la admisión a trámite de dichas acciones.
2.- Que los Jueces, de una vez por todas, dicten resoluciones, en estos casos, acordes con los estándares internacionales exigidos en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos
Humanos y del Derecho Penal Internacional, aplicando para ello la propia norma constitucional
que así lo prevé en sus artículos 96 y 10.2 y, en consecuencia, investiguen y enjuicien este tipo de crímenes tal y como en su momento hicieron con los crímenes internacionales que fueron
cometidos en otros países.

Una vez más nos vemos obligados a recordar que las graves violaciones punibles de
Derechos Humanos no pueden quedar impunes, que los crímenes denunciados son inamnistiables e imprescriptibles, y que la tipificación del crimen de lesa humanidad, con independencia de cuando fuera incorporado como tal a nuestro derecho interno, se encontraba
tipificado en el ámbito internacional con anterioridad a que sucedieran los hechos objeto de denuncia.

Si a las personas que sufrieron graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura franquista no se les reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva, no obtendrán la correspondiente reparación integral que requiere estos casos y continuaremos manteniendo un déficit democrático insostenible.

Por ello, queremos emplazar expresamente al nuevo Gobierno socialista para que interese
de la Fiscalía General del Estado un cambio de criterio que implique el informar favorablemente la admisión a trámite de las querellas presentadas.

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