FꓤANCISCO JAVIER ЯODRÍGUEZ AMOЯÍN

Anekdotas o lapsus na razón.

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9 nov 2020

La Fundación Abogados de Atocha denuncia que García Juliá saldrá de prisión con doce años de condena por cumplir

Fundación Abogados de Atocha

La excarcelación del condenado por los asesinatos de Atocha está prevista para el 19 de noviembre al aplicarse unas redenciones de condena a las que no tendría derecho

Abogados de la acusación particular juicio de Atocha, celebrado en febrero 1980

Abogados de la acusación particular juicio de Atocha, celebrado en febrero 1980

http://www.fundacionabogadosdeatocha.es/webabogadosdeatocha/Inicio:1063477–La_Fundacion_Abogados_de_Atocha_denuncia_que_Garcia_Julia_saldra_de_prision_con_doce_anos_de_condena_por_cumplir

A instancias de la Fundación Abogados de Atocha y la coordinación de la abogada Cristina Almeida, la representación y defensa de las víctimas, ha conocido por los medios de comunicación que la Audiencia de Ciudad Real ha dado por definitiva la liquidación de condena de Carlos García Juliá, condenado inicialmente a 193 años por el asesinato de los Abogados de Atocha el 24 de enero de 1977.
 
Dicha liquidación, realizada el 7 de mayo, le reconoce los 3.138 días de redenciones ordinarias y extraordinarias, a pesar de que García Juliá quebrantó la libertad condicional con su huida de Paraguay, lo que implicaría a tenor de lo dispuesto en el Código Penal y en las leyes penitenciarias y de enjuiciamiento, la pérdida de todo lo redimido. De esta forma deberían descontarse del tiempo efectivamente cumplido 1.207 días.
 
Para Cristina Almeida, el tiempo de cumplimiento efectivo de la condena sería de 4.499 días, a los que se ha de añadir el tiempo pasado en Brasil desde su detención el 5 de diciembre de 2018 hasta el 6 de febrero del 2020, que suman 429 días, por lo que el resultado total del cumplimiento efectivo seria 1.390 días en preventivo, 4.499 en penado y 429 en Brasil, así como los días de cumplimiento desde que ingresó de nuevo en prisión en España en el 7 de febrero 2020 al 19 de noviembre, cuando está prevista su puesta en libertad, que suman 345 días. Por tanto, lo realmente cumplido son un total de 6.563 días a descontar de los treinta años a cumplir (10.950), por lo que quedarían por cumplir un total de 4.387 días.
 
Para la Fundación Abogados de Atocha, la salida de prisión de Carlos García Juliá el próximo 19 de noviembre supone no cumplir doce años que le restan por cumplir por unos hechos gravísimos que ocurrieron en la Transición, una falta de tutela jurídica que se ha denunciado ante el Tribunal Constitucional en demanda de amparo, solicitando una medida cautelar que impida el excarcelamiento de García Juliá, o en su caso que se le impida salir del país y que se le retirara el pasaporte si lo tuviera, o se dieran instrucciones al Ministerio del Interior para que no se le expidiera en ningún caso pasaporte español.
 
En representación de las víctimas  se ha presentado ante la Audiencia de Ciudad Real un recurso de súplica contra ese licenciamiento definitivo para que al menos tome cautelarmente las medidas que solicitadas al Tribunal Constitucional, y se han hecho alegaciones ante la Audiencia Nacional, que repentinamente se ha inhibido como tribunal sentenciador de esta ejecución, causando una falta de tutela jurídica a las víctimas de estos sucesos, y permitiendo que con la aplicación de estos beneficios se modifique en más de diez años el fallo de la sentencia, que ya había quedado reducida a 30 años, de los que -reitera- restan por cumplir más de doce.
 
Desde que Carlos García Juliá fue extraditado a España desde Brasil, donde se encontraba huido y con una identidad falsa a nombre de un súbdito venezolano, y entregado a las autoridades españolas, a instancias de la Fundación Abogados de Atocha y bajo la coordinación de la abogada Cristina Almeida, la representación y defensa de las víctimas se personaron ante la Audiencia Nacional para saber cuál era la situación de este preso, condenado por esos asesinatos a una pena de 193 años de cárcel, pero que por aplicación del Código Penal franquista de 1973 quedaron reducidos a un máximo de treinta años.

Se pudo comprobar que la liquidación de condena que le restaba por cumplir, era de 3.855 días, que es la misma cifra que se le había dado a las autoridades bolivianas, ante las que se había pedido la primera extradición del penado al haber huido de Paraguay al denegarle el permiso que inexplicablemente le había dado el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid, para ir a trabajar a Asunción, permiso que fue recurrido por el fiscal y que quedó sin efecto, por lo que se le requería para que retornase a España.

Lejos de hacerlo, huyó de Paraguay, quebrantando la condena condicional que se le había concedido yendo a Bolivia, donde fue condenado a 6 años de prisión por tráfico de drogas. Al darse la orden de búsqueda y captura internacional la Interpol señala que está en prisión en Bolivia, por lo que la Audiencia Nacional, a instancias del fiscal, solicita la extradición al Gobierno de Bolivia, que la concede, posponiendo la entrega del preso hasta que cumpla la condena que se le había impuesto en ese país. Se comunica por las autoridades bolivianas que dicho preso, en un permiso de prelibertad, se ha dado a la fuga y no es posible hacer la entrega.

De nuevo se da una orden de búsqueda y captura internacional, y después de mas de diez años huido, García Juliá es detenido en Brasil, el 5 de diciembre de 2018, y solicitada de nuevo la extradición del fugado a Brasil. La justicia brasileña entrega al fugado el día 6 de febrero de 2020, ingresando en el centro penitenciario de Soto del Real para cumplir la pena de 3.855 días que le restaba.

Todas estas actuaciones las había realizado durante años en exclusiva la Audiencia Nacional, y esta parte cuando se personó físicamente en dicha Audiencia vio la corrección de todo lo realizado. Se comunicó a la sala el deseo de personarse aunque ya se estaba en el sumario desde el primer momento como acusación particular. Al no haberse dado cuenta a esta parte de nada de lo actuado, así se hizo. Con el confinamiento de todo el país, los familiares de los heridos en los hechos, a causa de las graves lesiones sufridas, habían ido muriendo uno tras otro quedando como único superviviente Alejandro Ruiz- Huerta. Mientras se hacían los poderes, se supo por la prensa “que el abogado de García Julia se llevaba la ejecución de la sentencia a Ciudad Real porque la Audiencia Nacional era mas política, que no era otra cosa que es esa Audiencia la que había llevado el juicio adelante, y conocía perfectamente la serie de fugas y actuaciones que llevó adelante dicho penado”.

Nada sabia esta parte de la Audiencia de Ciudad Real, porque nada se había comunicado a las victimas afectadas por los asesinatos causados por García Juliá y otros de extrema derecha. Allí se personó la Fundación Abogados de Atocha, conociendo y fue cuando se supo que apenas se estaba celebrando el juicio de Atocha, Carlos García Juliá, junto con otro preso también de extrema derecha condenado por asesinato en otra causa, se habían intentado escapar de la prisión de Ciudad Real. Por esos hechos, la Audiencia de Ciudad Real les condenó a tres años, por quebrantamiento de condena, atentado a agente de la autoridad con lesiones y detención ilegal.

El Código Penal de 1973 al que se acogió el penado establecía un máximo de cumplimiento de treinta años, por lo que los 193 años por los asesinatos de Atocha y los tres años por el quebrantamiento de condena y otros se refundieron en 1991 por la Audiencia de Ciudad Real, que estimó que eran delitos conexos y se podían haber visto en un solo juicio, algo a lo que se opuso en tres ocasiones sucesivas el Ministerio Fiscal de Ciudad Real por no estimar esa conexidad. Pero no se llevó adelante el recurso de casación, y aunque esta parte al personarse presentó un incidente de nulidad de dicho auto de refundición de las condenas, tanto ante la Audiencia Nacional, como ante la de Ciudad Real, fue denegado por ambas Salas La Audiencia de Ciudad Real hizo una primera liquidación de condena con fecha 3 de marzo del 2020, en la que no le aplicó entonces ningún beneficio de redención de penas por trabajo. ¿Y por qué no lo aplicó? Porque el Código Penal de 1973 al que se había acogido García Juliá, prohibía terminantemente redimir penas por trabajo en preventivo y una vez penado al que hubiera sido condenado en firme por quebrantamiento de condena, como es el caso de García Juliá, condenado por esa Audiencia Provincial de Ciudad Real.

Esto supone una infracción legal y jurisprudencial, pues además de lo establecido en el articulo 100 del Código penal, el Tribunal Supremo, en sentencia de 7/11/86, estableció como unificación de doctrina sobre distintos supuestos planteados, que era necesario una sentencia firme de quebrantamiento de condena para aplicar la norma del artículo 100 del antiguo Código Penal, como era el caso de autos que fue firme la condena de la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

Es más, al penado no se le habían aplicado nunca por ninguno de los jueces de vigilancia penitenciaria, ni por ninguno de los centros penitenciarios en los que había estado. El propio penado solicitó del Juzgado de vigilancia penitenciaria de Albacete, competente en el centro en el que se encontraba entonces, que planteara una cuestión de inconstitucionalidad sobre la posible inconstitucionalidad de penar doblemente una conducta, de un lado por el delito de quebrantamiento de condena, y por otro, por impedirle rebajar la condena impuesta al no aplicarle los beneficios penitenciarios de la redención de penas por trabajo.

Y efectivamente, el Juzgado de vigilancia penitenciaria de Albacete, planteó esa cuestión de inconstitucionalidad ante el Constitucional, en el recurso 845/1983, y el Tribunal Constitucional en Sentencia de 8 de julio reafirma la actuación hasta entonces de todos los Juzgados de vigilancia penitenciaria.

Inexplicablemente el Juzgado de vigilancia penitenciaria de Albacete ya le quiso dar un permiso penitenciario en 1984, contra el criterio de la Junta de Régimen y de Instituciones Penitenciarias, para pasar 6 días de Navidad en su casa, advirtiendo que había un peligro de fuga. Al beneficiarse también Emilio Hellín, asesino de Yolanda González, el letrado que acusaba en nombre de las victimas en los dos sumarios incoados, se dirigió a la Audiencia Nacional para evitar ese permiso. Esta se declaró competente en esa ejecución por ser el tribunal sentenciador y anuló dicho permiso, lo que no ha hecho en esta ejecución con posterioridad por inhibirse a favor de la de Ciudad Real, que ya era entonces competente porque ya se habían refundido ambas condenas desde el año 1981.

En este juego de competencia si, o de competencia no, se produce otro hecho inexplicable, que es que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Valladolid, a propuesta de la cárcel de Zamora, le concede el beneficio de redención de penas por trabajo, alegando que el Patronato de Nuestra Señora de la Merced, que es el encargado de las redenciones por trabajo, había anulado las sanciones que tuvieran los presos en su expediente y que supusieran la perdida de las redenciones de trabajo.

Pero Carlos García Julia no redimía penas por trabajo por unas sanciones que no se sabe si tenía en su expediente, sino por una prohibición legal y constitucional que no podía anular dicho patronato. Y olvidando todo lo anteriormente ocurrido, el centro penitenciario de Zamora le reconoce las redenciones ordinarias y extraordinarias a este penado, que suman un total de 3.138 días de redenciones, que suponen tener supuestamente cumplida las tres cuartas partes de condena. Ese mismo Juzgado de vigilancia penitenciaria de Valladolid le concede la libertad condicional, que es recurrida por el fiscal a la Audiencia Nacional porque no le reconoce que ya esté en tercer grado por el cumplimiento de las tres cuartas partes de condena al no admitir las redenciones aplicadas. Es la Audiencia Nacional de nuevo la que interviene y rechaza el recurso, pero la inacción una vez más del fiscal deja a criterio de la Sala la resolución del recurso, por lo que se hace efectiva la libertad condicional con fecha 23 de septiembre de 1991.

Dos años después Carlos García Juliá pide un permiso para irse a trabajar a Paraguay y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria se lo concede con las condiciones de vivir en Asunción y presentarse una vez al mes ante la Embajada de España. Esta vez el fiscal recurre ese permiso y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid lo revoca por auto de fecha 13 de enero de 1995. García Juliá no se presenta a la Embajada de España y huye de Paraguay, siendo encontrado al cabo del tiempo en una cárcel de Bolivia, donde está cumpliendo pena de seis años de prisión por tráfico de drogas. Es la Audiencia Nacional la que solicita al Gobierno español la extradición del fugado a las autoridades de Bolivia. Estas la acuerdan pero la posponen porque esta cumpliendo allí la condena por tráfico de drogas, y cuando lo van a entregar a España, en un permiso de pre-libertad el penado se fuga de nuevo y no se le puede entregar a España.

No acaba aquí la historia, pues al cabo de más de quince años huido, el 5 de diciembre de 2018, es detenido en Brasil, con una identidad falsa a nombre de un súbdito venezolano. Es de nuevo la Audiencia Nacional la que solicita al Gobierno la extradición de García Juliá, que es concedida, siendo entregado por fin a las autoridades españolas, y en concreto a la Audiencia Nacional, el 6 de enero de 2020.

Solo atendiendo a una solicitud de la defensa del penado y del centro penitenciario de Soto del Real, la Audiencia Nacional, sin tener en cuenta a las victimas, se declara incompetente y reconoce a la Audiencia de Ciudad Real para hacer la liquidación de condena, mediante auto de 31 de Marzo de 2020. La Fundación conoce tal decisión por los medios de comunicación.

Se ha dado por definitiva por la Audiencia de Ciudad Real la liquidación de condena realizada con fecha 7 de mayo de 2020, que le reconoce los 3.138 días de redenciones ordinarias y extraordinarias, pese a el quebrantamiento de la libertad condicional, que implicaría la pérdida de todo lo redimido con anterioridad a la revocación del permiso a Brasil, que seria desde el 23 de septiembre de 1991, que sale en libertad condicional, hasta el 13 de enero de 1995, que se le revoca el permiso para estar en Paraguay y huye de allí quebrantando esa libertad condicional. Por ello se debe descontar del tiempo efectivamente cumplido los 1.207 días que transcurren en ese periodo de libertad condicional, por lo que si del tiempo que le reconoce como cumplimiento efectivo, se le descuentan esos días de redención que debe perder, resultan un tiempo de cumplimiento efectivo de 4.499 días. Se ha de añadir el tiempo pasado en Brasil desde la detención el 5 de diciembre de 2018 hasta el 6 de febrero de 2020, que suman 429 días, por lo que el resultado total del cumplimiento efectivo serian los 1.390 días en preventivo, 4.499 en penado, 429 en Brasil y los días de cumplimiento desde que ingresó de nuevo en España en prisión el 7 de febrero de 2020 al 19 de noviembre, que está prevista su libertad, lo que suma 345 días. Así, lo realmente cumplido son un total de 6.563 días que si se descuentan de los treinta años a cumplir, que son 10.950, supone que quedarían por cumplir un total de 4.387 días, que es la cifra que se ha barajado ante todas las autoridades a las que se les ha pedido la extradición. Son 3.855 días a los que hay que añadir el tiempo que estuvo en libertad condicional hasta que huyó de Paraguay, que son los que determinan la diferencia.

La salida de prisión de Carlos García Juliá supone una infracción tan grave como no cumplir más de doce años de prisión que le restan por cumplir. Se da una absoluta falta de tutela jurídica que se ha denunciado ante el Tribunal Constitucional en demanda de amparo, solicitando una medida cautelar que impida ese excarcelamiento del preso o en su caso se le prohíba salir del país y que se le retire el pasaporte si lo tuviera o se dieran instrucciones al Ministerio del Interior para que no se le expidiera en ningún caso el pasaporte español.

También se ha presentado ante la Audiencia de Ciudad Real un recurso de suplica contra ese licenciamiento definitivo para que al menos tome cautelarmente las medidas que se han solicitado al Tribunal Constitucional. Y se han hecho alegaciones ante la Audiencia Nacional, que repentinamente se ha inhibido como tribunal sentenciador de esta ejecución, causando una falta de tutela jurídica a las victimas de estos sucesos, y permitiendo que con la aplicación de estos beneficios se modifique en más de diez años el fallo de la sentencia, que quedó de por sí reducida a 30 años. De esos 30, restan por cumplir más de doce años de condena.

(García Juliá, embarca en el aeropuerto internacional de Guarulhos (Brasil) cuando fue extraditado. (EFE)

27 sept 2020

La Larga noche de la impunidad

Eldiario.es/Jacinto Lara y Miguel Urban

  • Aunque sea con 45 años de retraso, esta democracia no puede permitirse el lujo de mantener la impunidad del franquismo sobre sus espaldas

Presiento que tras la noche,

Vendrá la noche más larga,

Quiero que no me abandones

Amor mío, al alba.

https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/larga-noche-impunidad_129_6248738.html#click=https://t.co/IVMb1jPLUb

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Hoy se cumplen 45 años del asesinato de las últimas cinco personas a las que Francisco Franco mandó fusilar. Este 27 de septiembre se cumple el aniversario en el que José Humberto Baena, José Luis Sánchez Bravo, Ramón García Sanz, Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui mancharon de sangre el alba de Barcelona, Burgos y Hoyo de Manzanares (Madrid). A día de hoy siguen impunes los jueces que condenaron, los ministros que convalidaron y los voluntarios que participaron en los piquetes de ejecución de estos asesinatos “legales”. Igual que ocurre con los responsables de los centenares de miles de asesinatos, desapariciones forzadas, torturas y otros múltiples delitos cometidos durante toda la dictadura franquista.

Los asesinatos del 27 de septiembre suponen y representan un crimen de Estado, un crimen internacional, un crimen contra la humanidad, al haberse cometido en un contexto en el que la dictadura franquista, fiel a su política sanguinaria, ejercía una represión sistemática contra la población civil y muy en particular contra todos aquellos que se oponían a la dictadura. Miles de personas se movilizaron en todo el mundo para evitar estos asesinatos, pero Franco decidió morir matando. A pesar de haber transcurrido ya 45 años desde ese funesto día, las familias de los asesinados continúan exigiendo todavía una justicia que se les ha negado en democracia. 

Una democracia que, a diferencia de los países que sufrieron regímenes autoritarios y fascistas homologables al español, no ha podido juzgar su dictadura, sus crímenes y a sus criminales, una auténtica excepción en Europa. En torno a esta excepcionalidad democrática española se ha construido un régimen de impunidad único en el mundo, como reconoció el filósofo Jon Elster en un estudio comparado, al afirmar que “el caso español es único dentro de las transiciones a la democracia por el hecho de que hubo una decisión deliberada y consensuada de evitar la justicia transicional”.

Esta impunidad es la base sobre la que se asienta tanto la permanencia del aparato represivo del Franquismo como, sobre todo, el mantenimiento del bloque económico y de poder que transitó de la dictadura a la democracia. Porque si algo caracterizó a la Transición fue que las élites del franquismo transitaron impunemente al nuevo marco constitucional, conservando intactos los privilegios que habían acumulado durante la dictadura y gracias a ella.

Esta sistemática inactividad, omisión e incluso obstrucción activa a cualquier posibilidad de juzgar al franquismo por parte de las autoridades políticas y jurídicas de nuestro país ha motivado que las víctimas de la dictadura hayan tenido que recurrir a instancias internacionales en defensa de sus derechos.  Así, han interpuesto las correspondientes querellas por estos hechos ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Buenos Aires, en el que se tramita la denominada querella argentina en virtud del principio de Justicia Universal. 

La presentación de dichas querellas originó que el Juzgado argentino imputara en el año 2014, por delitos de homicidio agravado en un contexto de crímenes contra la humanidad, entre otros, a dos ministros franquistas, Fernando Suárez González y José María Sánchez Ventura Pascual –hoy fallecido- y a uno de los vocales auditores que actuó en los Consejos de Guerra que dictaron las condenas a muerte ejecutadas el 27 de septiembre, Jesús Cejas Mohedano.

 bien las autoridades judiciales argentinas interesaron su extradición, dichos pedidos fueron denegados por el Consejo de Ministros español en el mes de marzo de 2015. También el Juzgado argentino, durante el año 2016, solicitó que se tomara declaración indagatoria a los imputados por parte de los Juzgados y Tribunales españoles y esa posibilidad también fue rechazada por éstos. Esto es, el Estado español ni investiga ni juzga tan horrendos crímenes, ni colabora, tal y como está obligado, con la justicia argentina para esclarecer y enjuiciar los hechos denunciados. Todo ello a pesar de que tal y como estipulan las normas del derecho internacional de los Derechos Humanos firmadas por España, ninguna ley, práctica o decisión política o judicial puede amparar crímenes contra la humanidad como los  que se cometieron sistemáticamente durante toda la dictadura franquista.

Sirva de ejemplo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos suscrito y ratificado por España antes de que se dictara la Ley de Amnistía, y que establece, en su artículo 15.2, que nada impedirá el juicio y la condena por actos u omisiones que en el momento de cometerse fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.

Hace unos días conocimos el contenido del Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática presentada ante el Consejo de Ministros. El contenido normativo que incorpora el citado Anteproyecto, si bien supone un avance muy sustancial en relación con el reconocimiento de determinados derechos a las víctimas de la dictadura y la Transición, en el terreno de la Justicia las medidas que prevé son insuficientes. Básicamente porque no modifica de forma sustancial los elementos jurídicos que esgrimen los Juzgados y Tribunales españoles en múltiples resoluciones para archivar todas y cada una de las acciones penales que se ejercitan.

Estos elementos, como son la Ley de Amnistía de 1977, el principio de legalidad y la prescripción de los delitos, deben ser desplazados, en cuanto a su aplicación, atendiendo al contenido de los Convenios y Tratados Internacionales ratificados por el Estado español en esta materia. Pero los Juzgados y Tribunales españoles no lo hacen, se niegan a hacerlo, y así lo han venido afirmando en sus resoluciones. 

Aunque sea con 45 años de retraso, esta democracia no puede permitirse el lujo de mantener la impunidad del franquismo sobre sus espaldas. No hay justificación ética, política o jurídica que justifique no remover definitivamente los obstáculos que impiden garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas de la dictadura y sus familiares. No solo se lo debemos a Xosé Humberto Baena Alonso, José Luis Sánchez-Bravo Solla, Ramón García Sanz, Ángel Otaegui y Juan Paredes Manot “Txiki”, los últimos fusilados por el franquismo. Sino que nos lo debemos a nosotros mismos como sociedad, porque una democracia que haga honor a ese nombre, no puede seguir transitando por la larga noche de la impunidad.

2 sept 2020

Sobre la declaración de Martín Villa

Dicen que el tiempo lo cura todo, pero no es una afirmación que se pueda aplicar a todos los ámbitos de la vida, al menos, no en lo que se refiere a la memoria histórica en nuestro país.

La dictadura franquista empezó con los asesinatos de miles de ciudadanos y ciudadanas españolas y no terminó con la muerte del titular de la Jefatura del Estado.

Mientras éste se debatía artificialmente entre la vida y la muerte, altos funcionarios estatales, negociaban con los líderes de la oposición a la vez que seguían mostrando con gran dureza aquello de “la calle es mía”.


Elegido para liderar esta transición hacia la monarquía parlamentaria lo fue, nada menos, que un ministro secretario general del Movimiento, Adolfo Suárez , que tiró de uno de los duros del Régimen, uno de los últimos que aún levantaba en el brazo en los años 70, para domeñar a los más levantiscos de entre los suyos, aplastar la resistencia popular y destruir todos los documentos comprometedores de la represión franquista, esta persona era Rodolfo Martín Villa.

Hoy los apóstoles de la Transición, aún en su papel de heroicos e incontestables timoneles de la Nación, defienden a capa y espada, el papel de este espadón del franquismo, que cumplió fielmente con la labor que el Régimen le había asignado.

No es de extrañar , es la forma de justificarse a sí mismos, por su debilidad y entreguismo, y nunca se vio mejor ocasión para afirmar que todo cambió para que lo fundamental siguiera siendo igual.

Hoy es un día histórico, un día para revisar ese sacrosanto momento qué fue la Transición en nuestro país,.

¿por qué les da tanto miedo revisitarla?

Aunque solo sea por respeto a la memoria de esos obreros y manifestantes muertos por la policía mandada por Martín Villa, caiga la vergüenza para los líderes de izquierda y los sindicalistas qué, aún hoy, nos piden que olvidemos y miremos para otro lado, alguno de ellos incluso, nos querría ver en la cárcel por pedir justicia, ¿cabe mayor oprobio?

Que salga la verdad a la luz a ver si averiguamos a qué le tiene tanto miedo la generación política de la transición española.

ARMHA

Integrante de la Plataforma Aragonesa de CEAQUA

https://www.armharagon.com

1 sept 2020

Los próceres de la Transición avalan al criminal Martín Villa

CeAqua

Nuestros aabogados nos han hecho saber que los abogados de Martín Villa han entregado unas cartas de apoyo a su defendido ante esta situación emitimos este comunicado

NOTA DE PRENSA CEAQUA


ANTE SU INMINENTE DECLARACIÓN INDAGATORIA Y TRATANDO DE
PRESIONAR POLÍTICAMENTE A LA JUEZA SERVINI, MARTÍN VILLA INCORPORA
A LA CAUSA ARGENTINA MANIFESTACIONES EN SU APOYO, A TÍTULO INDIVIDUAL, DE EX MIEMBROS DE GOBIERNOS ESPAÑOLES Y EX LÍDERES
SINDICALES (ENTRE OTROS)

Mediante escrito dirigido a la Jueza Servini de Cubría, titular del Juzgado
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1 de Argentina, Juzgado en el que se instruye la causa criminal 4591/2010, en el que se investigan los crímenes
internacionales cometidos durante la dictadura franquista y la Transición, Rodolfo Martín Villa, ante su inminente toma de declaración indagatoria, señalada para el próximo día 3 de septiembre, ha aportado a la causa una serie de testimonios o manifestaciones, a título individual, de ex líderes políticos y sindicales.


Las personas que firman los diferentes testimonios en apoyo a Rodolfo Martín
Villa son las siguientes:

  • Los cuatro ex Presidentes del Gobierno del Estado español: Felipe González,
    José María Aznar, José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy.
  • Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón: Ex Diputado de UCD, de Alianza
    Popular y del Partido Popular.
  • Miquel Roca Junyent: Ex Diputado de Convergencia i Unió
  • Enrique Krauss, ex Presidente del Partido Democristiano y ex Ministro del
    Interior de Chile durante el mandato de Patricio Aylwin.
  • Jaime Gama, ex Ministro de Administración interna (Interior) y ex Ministro de
    Asuntos Exteriores de Portugal.
  • Nicolás Redondo Urbieta y Cándido Méndez Rodríguez (ex secretarios
    generales de la UGT).
  • Antonio Gutiérrez Vergara y José María Fidalgo (ex secretarios generales de
    CCOO).
  • Eduardo Serra Rexach, ex Ministro de Defensa durante el primero Gobierno
    de José María Aznar.
  • Rafael Arias-Salgado Montalvo, ex ministro de UCD en el Gobierno de Adolfo
  • Suárez y ex Ministro del Partido Popular en el Gobierno de José María Aznar.
  • Juan Van Halen Acedo, miembro del Sindicato Español Universitario (SEU) y
    ex Senador del Partido Popular.
  • Jesús Romero Trillo, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid.
  • Josep Borrell, ex Ministro en los Gobiernos de Felipe González y Pedro Sánchez.
  • Jaime Ignacio del Burgo, ex senador de UCD y del Partido Popular.
  • Marcelino Oreja Aguirre, ex Ministro de Asuntos Exteriores durante el primero Gobierno de Adolfo Suárez.

Los diferentes testimonios aportados por las personas anteriormente relacionadas alaban la labor política desarrollada por Rodolfo Martín Villa durante la Transición española.

El momento para presentar dichos testimonios, después de haber transcurrido
casi seis años desde que Rodolfo Martín Villa fue imputado en la querella argentina, ha sido elegido cuidadosamente por éste. No podemos olvidar que el próximo día 3 de
septiembre Martín Villa debe prestar declaración indagatoria ante la Jueza Servini y que ésta, en un plazo de diez días, deberá decidir si finalmente le procesa o no por los hechos que se le imputan.


Por tanto, se trata de un intento burdo y grotesco de ejercitar una presión política
sobre la Jueza Servini de Cubría, inaceptable desde cualquier punto de vista
estrictamente jurídico-procesal y desde un punto de vista democrático. Ello constituye
un intento de injerencia gravísima, uno más, en la tramitación de una causa judicial que, en todo momento, ha sido obstaculizada por las autoridades españolas al objeto de impedir la investigación de los crímenes cometidos durante la dictadura franquista y la Transición. Los testimonios de las personas anteriormente relacionadas, efectuadas como ya se ha destacado a título estrictamente individual, esto es, sin el apoyo de las fuerzas políticas y sindicales a las que pertenecen o pertenecieron, en ningún caso desvirtúan los hechos por los que está imputado y sobre los que deberá prestar declaración Martín Villa. Dichos testimonios, muy resumidamente, alaban la “figura” política del imputado durante la Transición, como hacedor de consensos, como “padre” de la actual democracia, tratando de exonerarle de esta forma tan particular de cualquier tipo de
responsabilidad penal. Incluso en algún caso, como el del ex Presidente del Gobierno
Felipe González, se considera que las responsabilidades penales deberían depurarse respecto a los propios querellantes y no respecto a Martín Villa.


Todas las personas que han prestado sus testimonios en apoyo a Martín Villa
implementaron, consolidaron, desarrollaron o aceptaron con total naturalidad el modelo de impunidad imperante en el Estado español que impide la investigación y enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad que se cometieron durante la dictadura franquista y la Transición.


Este apoyo a título individual de un reducido número de personas que, en su
momento asumieron, a mayor o menor nivel determinadas responsabilidades políticas y sindicales, contrasta con el apoyo público manifestado a nivel de más de cien
Instituciones y Corporaciones Públicas (entre otros Ayuntamientos como el de
Barcelona, Vitoria, Pamplona, Donostia, Zaragoza, Madrid; Juntas Generales de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia, Parlamento Foral de Navarra y un largo etc..), fuerzas políticas y sindicales, cientos de organizaciones de sociedad civil estatales e internacionales, personalidades de diferentes ámbitos y decenas de miles de personas a la denominada querella argentina que, actualmente suma a más de mil querellantes y denunciantes.


Es más, la obstaculización por parte de las autoridades españolas de la causa
criminal que se tramita en Buenos Aires, ha sido severamente criticada y censurada por
el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, por el Parlamento Europeo y también en el seno del Consejo de Europa. Censura que incorpora una serie de
reclamos al Estado español para que revierta, de una vez por todas, sus políticas de impunidad en este ámbito y permita, conforme a la normativa de Derecho Internacional de Derechos Humanos y de Derecho Penal Internacional la investigación de dichos crímenes.


Por último, una vez más, debemos recordar que Rodolfo Martín Villa fue el
paradigma de aquéllos líderes políticos que provenientes de una dictadura sanguinaria
y cruel como la dictadura franquista pasaron a considerarse “padres de la actual
democracia”. Rodolfo Martín Villa como Ministro de Relaciones Sindicales, Ministro de la Gobernación y Ministro del Interior durante la Transición dirigió un aparato represivo – en ningún momento depurado- que desplegó una actividad que supuso, sin lugar a dudas, una ataque generalizado y sistemático contra la población civil y que, a pesar de ello y como consecuencia del establecimiento de un modelo de impunidad durante la Transición, posteriormente consolidado, desarrollado y protegido por nuestra actual democracia, continuó desarrollando su actividad política sin problema alguno, vinculado y formando parte de los grandes poderes económicos.


En cualquier caso, los hechos por los que está imputado Martín Villa en la
querella argentina, en base a la responsabilidad del superior civil –que puede ser, conforme al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, tanto por acción como por omisión-, integran 12 asesinatos y cientos de heridos ocasionados por las Fuerzas y Cuerpos del Seguridad del Estado que él dirigía, y a los que alude como “actuaciones desgraciadas” o simples “errores”. Los hechos están debidamente acreditados en la causa penal y es en el plano estrictamente jurídico-procesal, que no político, en el que la Jueza Servini deberá determinar si se le procesa o no.


Desde CEAQUA, atendiendo a todas las diligencias probatorias incorporadas a
la causa, esperamos que finalmente Rodolfo Martín Villa sea procesado lo que
supondrá un avance procesalmente indudable en la tramitación del proceso y un paso importante para poner fin a un modelo de impunidad incompatible con un Estado democrático.

25 ago 2020

48 Argentinos represaliados por el franquismo en Andalucía entre 1936 y 1978

En el día 24 de agosto de 2020 se ha presentado por parte del grupo de trabajo RMHSA_CGT.A y la asociación memorialista “NUESTRA MEMORIA” en el consulado argentino en Cádiz, una relación actualizada de 49 personas, nacidas en diversas ciudades argentinas y que sufrieron represión en sus diversas modalidades, desde el asesinato al campo de trabajo, por parte de los golpistas de julio de 1936 y, tras su triunfo, el régimen franquista.
Todos estos nombres están incluidos en la base de datos de la web Todos (…) los Nombres (www.todoslosnombres.org) que promueven estas entidades y de fuentes de historiadores e investigadores  que colaboran con esta página.
Hace años se presentó a través del Consulado argentino en Madrid, otro listado de 32 personas y aunque durante estos años no hemos tenido noticias, de ningún tipo, por parte de las autoridades argentinas, nos permitimos volver a enviarle una nueva relación actualizada, esta vez de 49 personas, por si como le decíamos la primera vez, es de su interés para la causa que instruye o, en su caso, deciden abrir una nueva.

Es importante valorar el trabajo en pos de la Memoria, la Verdad y la Reparación de estas dos entidades andaluzas a favor de las víctimas del franquismo, por no cejar en la búsqueda de sus nombres y por difundir sus historias de vida, para que nunca caigan en el olvido de este amnésico país y sus gobernantes.
Saludos.
Paqui Maqueda, presidenta de Nuestra Memoria Cecilio Gordillo, coordinador del grupo de trabajo RMHSA_CGT.A 

48 Argentinos represaliados por el franquismo en Andalucía entre 1936 y 1978.

Las entidades memorialistas, RMHSA_CGT.A y la Asociación “Nuestra Memoria” remiten a la Juez Servini, los nombres de 48 argentinos represaliados por el franquismo entre 1936 y 1978.

TLN/ 24/08/2020

Ambas entidades son las promotoras de la página web www.todoslosnombres.org de donde se ha extraído la información recopilada durante los últimos CATORCE AÑOS. La página web cuenta en estos momentos con 104.475 nombres de represaliados en Andalucía, Extremadura y norte de África.

Los documentos se han entregado esta mañana en el Consulado de Argentina en Cádiz, por parte del historiador José Luis Gutierrez.

El trabajo de recopilación ha corrido a cargo del equipo formado por José Espinosa, informático, José Luis Gutiérrez Molina y Julio Guijarro González, historiadores, siendo sus fuentes primarias un amplio colectivo de historiadores, investigadores y archiveros.

Las fuentes primarias de procedencia de la información se han obtenido de trabajos publicados o inéditos de Encarnación Barranquerro (Málaga), José Mª García Márquez (Sevilla), J. Hidalgo Cámara (Almería), Juan J. Águila Torres (Madrid), A. Sánchez Cañada (Almería), Grupo TLN (Jerez de la Frontera), J.M. Algarbani (Algeciras), Fernando Romero (Sevilla), Andrés Fdez. Martín y Francisco Espinosa Jiménez (Málaga), F. Cobo Romero (Granada), Grupo RMHSA_CGT.A (Sevilla), F. Espinosa Maestre (Sevilla), Javier Gavira (Marchena), J.L. Gutiérrez Molina (Cádiz), J. Ortiz Villalba (Sevilla), Julio Guijarro (Sevilla), R. Gil Bracero y Mª Isabel Brenes (Granada), Mª Victoria Fernández (Sevilla), A. Hernández Sobrino y J. Vinagre Moreno (Ciudad Real), J. García Cabrera (Jerez de la Frontera).

Hace ahora DIEZ AÑOS se entregó en la embajada de la Argentina en Madrid y a la juez Servini (Querella Argentina) una relación que en aquellos momentos hacía mención a 33 argentinos represaliados (fusilados, procesados en Consejos de guerra, depurados, desaparecidos, en trabajos forzados, TOP, …) pero, que sepamos, no se actuó, por parte de las autoridades argentinas en ningún sentido. Ahora el número se ha incrementado a 48 (47 hombres y 1 mujer) y esperamos que en esta ocasión se planteen actuar. Estos argentinos habían nacido en Buenos Aires (26), Rosario de Santa Fe (3), Mendoza (3), Mar del Plata (3), San Luis (2), Tucumán (2), Córdoba (1), Argentina (sin especificar ciudad. 3).

El dossier (se adjunta PDF) entregado en el día de hoy en el Consulado de Argentina en la ciudad de Cádiz, también será remitido a Fernando Martínez, Secretario de Estado de Memoria Democrática, así como a diferentes entidades y colectivos de argentinos/as residentes en España a fin de que se planteen su intervención en este asunto.

Una vez más, la iniciativa “todos (…) nombres”, que no cuenta con ningún apoyo de las administraciones públicas, sirve como herramienta a favor de la recuperación de la memoria histórica y como fuente imprescindible de aquellas familias que buscan información sobre sus desaparecidos y que no reciben respuesta de las autoridades, pero también las propias administraciones públicas, asociaciones memorialistas de todo el estado, los medios de comunicación, investigadores, etc…

José Luis Gutiérrez Molina en el Consulado argentino

Ha dado comienzo la campaña 3 de septiembre

Firma nuestro manifiesto contra la impunidad en la página de CeAqua

Rompamos la impunidad – Exijamos Justicia

El próximo 3 de septiembre, con la toma de declaración de Rodolfo Martín Villa en la Embajada Argentina en Madrid, se dará el primer paso para poner fin a la impunidad de los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista. Una impunidad mantenida durante más de 40 años por los sucesivos gobiernos y que es una de las más profundas lacras de nuestra democracia actual.

Durante la dictadura franquista, se cometieron violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos como consecuencia de la represión política, social y laboral llevada a cabo por los propios aparatos del régimen. Centenares de miles de personas sufrieron graves violaciones de derechos humanos: desapariciones; fusilamientos; niños robados; víctimas de trabajo esclavo y de malos tratos y abusos en campos de concentración, en cárceles, en comisarías, en cuarteles, en preventorios; detenciones arbitrarias; torturas; persecuciones; y un inacabable etcétera..

Hasta ahora,  las instituciones del Estado español no han hecho nada para juzgar y condenar estas graves violaciones de derechos humanos, incumplimiento con las obligaciones internacionales contraídas en este ámbito.

A pesar de los numerosos obstáculos, muchas personas y organizaciones iniciaron un largo camino hacia el reconocimiento de su derecho a la Verdad, a la Justicia, a la Reparación y a las garantías de No repetición, utilizando varias vías judiciales para tratar de revertir una situación de impunidad largamente mantenida.

Más de 1.000 querellas y denuncias en la Querella Argentina, tanto de víctimas individuales como de instituciones y asociaciones. Alrededor de 40 ayuntamientos de diversos territorios del Estado han presentado, o están en trámites de hacerlo, querellas criminales ante los Juzgados españoles para que se investiguen los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista en sus municipios. Numerosas querellas  por delitos de torturas; homicidio y lesiones; desaparición forzada (ejecuciones extrajudiciales)… todas ellas en un contexto de crímenes contra la humanidad, interpuestas igualmente ante la justicia española.

Hasta la fecha ninguna de las querellas criminales presentadas en el Estado español han sido admitidas a trámite.

10 años después de que se iniciase la Querella Argentina, la jueza Servini de Cubría tomará, por vía telemática, declaración a Rodolfo Martín Villa, superándose con ello la resistencia y obstaculización que ha venido ejerciendo el Estado español para impedir que dicho acto procesal se produjera.

Martín Villa fue una de las piezas claves, en la ejecución de una política de Estado represiva y cruenta que conformó un ataque generalizado y sistemático contra la población civil. Por ello es uno de los requeridos por la Justicia argentina como responsable de crímenes contra la humanidad.

Los sucesivos gobiernos y la judicatura española se han negado a extraditar a Martín Villa a Argentina para su toma de declaración. Se han negado a que la jueza Servini venga al Estado español a tomarle declaración en los juzgados españoles. Y se han negado a juzgarle en los propios tribunales españoles.

Naciones Unidas ha constatado y denunciado en numerosas ocasiones la inaceptable política de impunidad mantenida por el Estado español, contraria a los estándares internacionales, que impide el acceso a la justicia a las víctimas de estos crímenes contra la humanidad. Esta toma de declaración de Martín Villa supone un gran paso para juzgar a los responsables de los crímenes contra la humanidad cometidos durante el franquismo, pero para poner fin a la impunidad deberán seguir dándose otros muchos pasos para hacer efectivo el derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas del franquismo y sus familiares y que una sociedad con cultura democrática debe exigir a los poderes públicos.

Crimenes contra la humanidad – Toma de declaración a Martín Villa.

Durante la dictadura franquista, la violencia represiva e indiscriminada por parte del Estado fue sistémica y estructural de la misma, cometiéndose graves crímenes contra la humanidad. Así lo han señalado numerosos órganos de Naciones Unidas.

Llevamos más de cuarenta años con una política de impunidad y por fin se dará el primer paso para poner fin a esta en los casos de crímenes contra la humanidad cometidos durante el franquismo. El día 3 de septiembre será la toma de declaración de Rodolfo Martín Villa en la Embajada Argentina en Madrid.

Hoy empieza una campaña en redes sociales por parte de CEAQUA (Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina) que durará toda la semana y necesita todo vuestro apoyo y difusión.

RompamosLaImpunidad

ExigeJusticia

A continuación dejamos los enlaces de los post de hoy sobre los crímenes contra la humanidad

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https://twitter.com/Ce_AQUA/status/1297821277193994240?s=20

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29 jul 2020

La jueza Servini cita a declarar a Martín Villa el 3 de septiembre por los crímenes de la Transición

Cuarto Poder

De nuevo la jueza argentina señala fecha para toma de declaración indagatoria a quien se considera responsable de varias de las muertes violentas de los últimos años del franquismo y los primeros de la transición

“Por resolución de fecha 27 de julio de 2020, dictada por la Jueza Servini de Cubría, como titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de la República Argentina, se ha acordado tomar declaración indagatoria, por vía telemática, a Rodolfo Martín Villa en la representación consular o embajada del citado país en España para el próximo 3 de septiembre de 2020“. Así lo ha informado la Coordinadora estatal de apoyo a la Querella Argentina contra crímenes del franquismo, CEAQUA en un comunicado.

Esta jueza argentina es la encargada de investigar diferentes crímenes del franquismo y de la Transición incluidos en la llamada “querella argentina”. “Después de múltiples intentos para que dicha declaración se produjera, de la obstaculización constante del Estado español para impedir la misma, desde CEAQUA expresamos nuestro deseo de que finalmente el citado acto procesal pueda celebrarse”, añade el texto remitido a los medios de comunicación.

Desde CEAQUA recuerdan los hechos por los que se imputan delitos de homicidio agravado en un contexto de crímenes contra la humanidad a Martín Villa por parte del Juzgado argentino. Son los siguientes:

– Masacre del 3 de marzo de 1976 sucedida en Vitoria/Gasteiz, siendo Ministro de Relaciones Sindicales.

– Muerte de Rafael Gómez Jáuregui el 12 de mayo de 1977 en Rentería; de José Luis Cano Pérez el 14 de mayo de 1977 en Pamplona; de Francisco Javier Núñez el 15 de mayo de 1977 en Bilbao; de José María Zabala Erasun el 8 de septiembre de 1976 en Hondarribia: de María Norma Menchaca el 9 de julio de 1976 en Santurce; y de Arturo Ruiz García el 23 de enero de 1977 en Madrid.

– Sucesos acontecidos en la ciudad de Pamplona los días 8/9 de julio de 1978 durante la celebración de las Fiestas de San Fermín.

“Esperemos que Martín Villa, tal y como ha expresado en reiteradas ocasiones, cumpla con su obligación y se persone en la fecha indicada para que puedan las autoridades judiciales argentinas tomarle declaración indagatoria, pues una vez que se produzca, la Jueza María Servini de Cubría, podrá resolver lo que proceda respecto a su procesamiento”, concluyen.

24 jun 2020

La proposión de Ley de Bebés Robados es tomada en consideración por el Parlamento español

CeAqua

Nota de prensa

La Coordinadora Estatal de apoyo a la Querella argentina (CeAqua) celebra con entusiasmo que, hoy martes 23 de junio, el Congreso de Diputados haya aprobado, por mayoría de todos los Grupos políticos excepto Vox, la toma en consideración de la Proposición de Ley de bebés robados en el Estado español que desde hace más de dos años esta Coordinadora lleva promoviendo e impulsando en el Parlamento estatal.

Con esta Ley se dotaría de un marco estatal a todas las disposiciones legislativas que se establezcan en todas las Comunidades Autónomas, haciendo posible su cumplimiento y amparando de forma global a todas las víctimas de este crimen. El marco temporal comienza el 17 de julio de 1936 y no tiene cierre, por tanto, acoge tanto los casos ocurridos durante la dictadura como en la democracia. 

El texto de la PL recoge las principales reivindicaciones históricas de las víctimas de este crimen:

1. Garantizar el efectivo disfrute de sus derechos a las víctimas del robo de bebés. 

2. Reconocer y asegurar los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición con diversas medidas entre las que se encuentran: la garantía del derecho al acceso a todo tipo de archivos, tanto públicos como privados (destacando los de clínicas y hospitales, y los de la Iglesia Católica); la realización de exhumaciones sufragadas por el Ministerio de Justicia; la atención médica, jurídica y psicológica gratuita; y las campañas de información y difusión por parte de los poderes públicos para que este crimen contra la humanidad no vuelva a repetirse jamás. 

3. Reconocer la condición de víctimas para los afectados por este crimen, al que se considera un crimen contra la humanidad. 

4. Cumplir las recomendaciones de Naciones Unidas, y especialmente la del Relator de Justicia Transicional, así como los Principios del Derecho Internacional de Derechos Humanos.

5. Integrar a todas las víctimas por el robo de bebés, las de la dictadura y las que se produjeron después, las familias que buscan y las personas en busca de su identidad. 

6. Crear una Fiscalía Especial, una Unidad de Investigación de la Policía Judicial y una Comisión Estatal por el Derecho a la Identidad. 

7. Crear una Base de datos que elaborará un censo de todos los casos, y una Banco de ADN nacional, cuyas pruebas serán gratuitas, con toda la información de todos los desaparecidos y de sus familias. 

8. Garantizar la participación de las víctimas a través de sus representantes. 

La Proposición de Ley se sustenta en los principios de Naciones Unidas del derecho a la Verdad, a la Justicia, a la Reparación y a las Garantías de no repetición e incorpora las recomendaciones de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en su visita a España del 22-23.05.2017 para investigar sobre el robo de niños en nuestro país.

Desde CeAqua celebramos que, por fin, la Proposición de Ley de bebés robados en el Estado español haya entrado a formar parte del trabajo parlamentario y deseamos que con este primer paso se abra un proceso de trabajo eficaz, rápido y productivo hacia su pronta y definitiva aprobación.

Agradecemos el apoyo de entidades defensoras de  los derechos humanos como la asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), Amnistía Internacional, La Red Argentino Europea por el Derecho a la Identidad —representantes de las Abuelas de Plaza de Mayo en España—; y, de forma destacada, de 16 asociaciones de víctimas por el robo de bebés de diferentes partes del Estado español:

Adelante Bebés Robados (Madrid y delegación de Castilla-LaMancha), Asociación Bebés Sustraidos Bizkaia “Itxaropena”, Asociación de Bebés Robados de Andalucía (ABEROA), Asociación de Afectados por Bebés Robados de Andalucía (ABRA), Asociación de Víctimas de bebes robados y de adopciones ilegales de Alicante (AVA), Asociación Origens de Baleares, Camino a la Justicia, Sevilla bebés robados, Sos Bebés Robados de Almería, Sos Bebés Robados Cádiz, Sos Bebés Robados de Cantabria, Sos Bebés Robados Galicia, Sos Bebés Robados Huelva, Sos Bebés Robados Jerez de la Frontera, Sos Bebés Robados Madrid (Madrid y delegación de Canarias), Todos los niños robados son también mis niños- CeAqua (como entidad promotora) 

CeAqua

Contacto: Soledad Luque Delgado  Tel: 618774916

La noticia en los medios:

https://www.elconfidencial.com/amp/espana/2020-06-23/ley-bebes-robados-congreso-salvo-vox-congreso-diputados-casi-unanime_2652368/

https://m.publico.es/politica/3064691/la-ley-de-bebes-robados-vuelve-al-congreso-para-investigar-las-desapariciones-forzadas-de-menores-desde-el-franquismo/amp

18 jun 2020

Recuerdo y Dignidad expondrá las stolperstein hasta su colocación

Asociación Recuerdo y Dignidad

Ante la imposibilidad de poder llevar a cabo el acto de colocación por la crisis sanitaria de la Covid19, la asociación ha ideado un formato a la que han denominado Exposición Abierta en el IES Antonio Machado desde el 19 de junio.

Exposición Abierta 24/7 es el formato ideado para hacer frente a las restricciones a causa del COVID-19

Stolpersteine

https://recuerdoydignidad.org/notas-de-prensa/es/notas-de-prensa/recuerdo-y-dignidad-expondra-las-stolperstein-hasta-su-colocacion?fbclid=IwAR19HHGtdP-N5HsnH1HmGYLq6rAlsS4MPTF_biUnryzN6l7X4KZwZtDVNlA


La Asociación soriana Recuerdo y Dignidad ha decidido exponer las 22 stolperstein en recuerdo y homenaje a los sorianos deportados a los campos de concentración nazis. Debido a las restricciones surgidas a raíz de la actual pandemia habido que retrasar su colocación para la cual todavía no se cuenta con una fecha concreta. Por el mismo motivo la asociación ha ideado un formato de exposición visitable las 24 horas del día los siete días de la semana y a la que han denominado Exposición Abierta 24/7. Las stolperstein estarán expuestas en la galería acristalada del IES Antonio Machado de la capital soriana y podrán ser contempladas desde el exterior. La muestra contará además con dos paneles informativos acerca de estos monumentos y de los 22 sorianos deportados a los campos de concentración nacionalsocialistas.

La inauguración de la exposición será en la plaza del vergel este viernes 19 de junio a las 19 horas. En dicha presentación se dará cuenta el proyecto inicial de colocación de las losetas en la plaza.

Recuerdo y Dignidad quiere además implicar a la comunidad educativa por lo que junto a la Red de Prevención del Fascismo Nunca Más y la Amical de Mauthausen propondrá a los institutos de la capital la implicación en el proyecto stolperstein Soria.

La asociación memorialista soriana está localizando a los familiares de los sorianos que sufrieron los campos de concentración nazis para llevar a cabo un homenaje coincidiendo con la colocación de las stolpersteine en la capital.

Fotografía de Vicente Borjabad. Campo de concentración de Neuengamme

Los textos que acompañan a la exposición son los siguientes:

22 sorianos deportados a los campos de concentración nazis

El Estado Alemán destaca, entre otras cosas, en materia de derechos humanos por el trato que ha dado al nazismo estableciendo unas políticas de Memoria ejemplares que tienen como objetivo el recuerdo de los sucesos más terribles de su historia para jamás repetirlos. La Asociación Recuerdo y Dignidad publicábamos, coincidiendo con el Día Internacional en Memoria de las Víctimas del Holocausto, de 2019, abundante información sobre los 22 sorianos deportados a campos de concentración nazis en la segunda guerra mundial. En el artículo publicado en https://bit.ly/2CkD0Zv, se daban a conocer también las fichas originales de los campos de concentración a los que fueron deportados nuestros vecinos. En el Estado Español, esta cuestión está peligrosamente olvidada, tanto en el caso de la dictadura militar española como en el del nacionalsocialismo. Los actos en torno a la colocación de 22 stolpersteine pretenden ser un recuerdo a estos 22 sorianos y, como política de memoria, prevenir hacia el futuro, integrando en nuestras calles este recuerdo y este aviso. En total se conoce que 22 sorianos sufrieron el horror nazi de los campos de concentración. Llegaron por las tres principales vías:

-Integrantes de las Compañías de Trabajadores Españoles del Ejército Francés, que eran enviados a campos de prisioneros de guerra y luego al campo de Mauthausen.

-El tristemente famoso Convoy 927 en agosto 1940

-Y la deportación política de 1944

La media de edad de los sorianos capturados por los nazis era de 31 años. Fueron encerrados en un total de 9 campos de concentración. La mayor parte en Mauthausen. Por allí pasaron un total de 16. De ellos 10 murieron en Gusen, uno en el propio Mauthausen y 4 soportarían las durezas del campo hasta ser liberado el 5 de mayo de 1945. Los sorianos fueron internados en otros campos como Hartheim, Neuengamme, Buchenwald, Dachau, Sachsenhausen y Sandbostel. En total 12 sorianos fueron asesinados en los campos de concentración nazis, 7 fueron liberados y de 3 solo consta su desaparición, lo que suele significar también su asesinato. Varios de los deportados lucharon en la resistencia francesa al nazismo. La asociación memorialista soriana está tratando de localizar a las familias de los sorianos deportados para completar el estudio con sus datos personales y su historia. El Manifiesto-Juramento de los comités nacionales de presos del campo de Mauthausen, escrito tras su liberación rezaba: No olvidaremos jamás los sangrientos sacrificios que los pueblos tuvieron que hacer para conquistar la felicidad de todos.

Las Stolpersteine

Stolpersteine de Victor Martínez

Pequeños monumentos que se integran en el suelo y en el paisaje urbano de la ciudad. Una sencilla placa que nos hace tropezar metafóricamente con el pasado, para situar nuestro presente. Para no repetir jamás. Las Stolpersteine son el anclaje de la ciudad de Soria a la prevención permanente frente al odio. Las Stolpersteine dedicadas a los sorianos que sufrieron el infierno de los campos de concentración nacionalsocialistas convertirán la Plaza del Vergel en un lugar de reflexión y reafirmación humanista, democrática y, con ello, antifascista, ya que los fascismos son la antítesis y el fin de la democracia.

Stolpersteine es un proyecto del artista alemán Gunter Demnig. El propósito de este monumento exhortatorio es conmemorar el destino de los seres humanos que fueron deportados y asesinados por el nazismo. En ellas se encuentran grabados los datos esenciales de la persona que se recuerda. Estos monumentos son colocados en aceras, formando ya parte de ellas. Tienen la concepción de tropiezo simbólico, emocional. Y en ello se basa su nombre. Pero lo que se pretende es que el caminante, al percibir el resalte en el camino, se detenga y se incline para leer lo que en la placa está escrito. Esta inclinación podría equivaler a un gesto de respeto por la persona que se recuerda. Pero, especialmente, se quiere no dejar caer en el olvido la barbarie de los asesinatos cometidos basados en el pensamiento nazi. Se acostumbran a instalar delante de las últimas viviendas donde habitaron las víctimas, pero en el caso soriano se agruparán las dedicadas a los 22 sorianos en la Plaza Vergel de la capital. En la actualidad se han instalado más de 70.000 bloques conmemorativos desde 1996, cuando Gunter comenzó su obra. Las Stolpersteine suponen el conjunto monumental más extenso del mundo. Estos símbolos de memoria hechos a mano se extienden por 24 países (23 europeos y Argentina). Y son un icono en grandes ciudades como Berlín, que cuenta con más de 8.000 stolpersteine o Hamburgo, que ronda las 5.000. El Ayuntamiento de Soria patrocina la colocación de este primer elemento dentro del concepto de Ciudad con Memoria. Con la colocación, no solo se pretende homenajear a las víctimas del infierno de los campos de concentración nazis. También se pretende subrayar cuál es el fundamento de nuestra relación en sociedad, lanzando un claro y alto mensaje de paz, convivencia, libertad, justicia y coherencia democrática.

Garcia, Agustin.pdf

Nota de Prensa: La proposición de ley de bebés robados será llevada al pleno de nuevo

CeAqua

Desde CeAqua estamos ilusionadas con el avance del trámite de la proposición de ley sobre bebés robados. Ya fue aprobada en pleno en la anterior legislatura sin llegar a finalizar su tramitación parlamentaria. Esperamos que definitivamente llegue a ser aprobada.

Nota de Prensa

18 de Junio de 2020

LA PROPOSICIÓN DE LEY DE BEBÉS ROBADOS EN EL ESTADO ESPAÑOL SERÁ LLEVADA A PLENO PARA SU ADMISIÓN A TRÁMITE POR SEGUNDA VEZ

Tras los parones electorales se debatirá de nuevo su entrada en la agenda de trabajo del Congreso.

Hoy miércoles 17 de junio se ha incluido en el orden del día de la agenda del Congreso el debate de admisión a trámite de la Proposición de Ley de bebés robados en el Estado español, que se realizará el próximo martes 23 de junio.

Esta Proposición de Ley, impulsada y promovida por la Coordinadora Estatal de apoyo a la Querella Argentina-CeAqua, a propuesta de Todos los niños robados son también mis niños, asociación integrante de esta entidad, ya se registró el 25 de septiembre de 2018 y se admitió a trámite por unanimidad en el Congreso de los Diputado el 20 de noviembre del mismo año. Debido al adelanto electoral, la Proposición de Ley decayó y fue necesario un nuevo registro, realizado el 26 de febrero pasado, que firmaron todos los Grupos del Intergrupo de Memoria y Derechos Humanos del Parlamento estatal: Compromís, Más País, Unidas Podemos, PSOE, Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Junts per Catalunya (JxCat), BILDU, Bloque Nacionalista Galego (BNG), Candidatura de Unidad Popular (CUP) y PNV. 

Para el debate de admisión a trámite, ha sido presentada por los Grupos Parlamentarios Plural, Euskal Herria Bildu, Socialista y Republicano. La defenderán todos los Grupos firmantes.

La CeAqua lleva impulsando esta iniciativa legislativa en el Congreso desde hace más  de dos años. Durante ese tiempo, se han realizado numerosos encuentros con todos los grupos parlamentarios lográndose un texto que recoge las reivindicaciones históricas de las víctimas de este crimen y con el cual el Estado asumiría la responsabilidad de la búsqueda activa de los bebés robados y de su identidad. 

Desde CeAqua deseamos que el martes se apruebe su admisión a trámite y que se empiece a trabajar desde el Congreso esta iniciativa pionera en el ámbito legislativo nacional e internacional y de especial relevancia para la investigación judicial a la que nos exhortan diferentes organismos y convenciones de Naciones Unidas.

La iniciativa cuenta con el apoyo de todas las organizaciones que integran la CeAqua, además de las siguientes entidades, nacionales e internacionales, defensoras de los derechos humanos: Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE); Amnistía Internacional; y la Red Argentino Europea por el Derecho a la Identidad (representantes de las Abuelas de Plaza de Mayo en España).  A ellas se suman entidades memorialistas, feministas y académicas y numerosas asociaciones de víctimas por el robo de bebés de diferentes partes del Estado español: 

• Adelante Bebés Robados (Madrid y delegación de Castilla-LaMancha) 

• Asociación Bebés Sustraidos Bizkaia “Itxaropena” 

• Asociación de Bebés Robados de Andalucía (ABEROA) 

• Asociación de Afectados por Bebés Robados de Andalucía (ABRA) 

• Asociación de Víctimas de bebes robados y de adopciones ilegales de Alicante (AVA) 

• Asociación Origens de Baleares 

• Camino a la Justicia. 

• Sevilla bebés robados 

• Sos Bebés Robados de Almería. 

• Sos Bebés Robados Cádiz. 

• Sos Bebés Robados de Cantabria. 

• Sos Bebés Robados Galicia 

• Sos Bebés Robados Huelva 

• Sos Bebés Robados Jerez de la Frontera 

• Sos Bebés Robados Madrid (Madrid y delegación de Canarias) 

• Todos los niños robados son también mis niños- CeAqua (como entidad promotora) 

CeAqua Contacto: Soledad Luque Delgado

Tel: 61877491

16 jun 2020

La Audiencia Provincial da la razón a Recuerdo y Dignidad

Asociación Recuerdo y Dignidad

Nota de prensa

Desestima el recurso de apelación formulado por la Fiscalía en la causa por los asesinatos cometidos en La Riba de Escalote

https://recuerdoydignidad.org/notas-de-prensa/es/notas-de-prensa/la-audiencia-provincial-da-la-razon-a-recuerdo-y-dignidad

Alberto Rodrigo

Tal y como se conoció ayer, la Audiencia Provincial de Soria acordó desestimar el recurso de apelación formulado por el Ministerio Fiscal contra el auto del Juzgado de Instrucción de Almazán confirmando plenamente la decisión del juez titular de continuar con las diligencias pendientes tal y como solicitaba la Asociación Recuerdo y Dignidad. El citado auto estimaba el recurso de reforma interpuesto por la asociación soriana contra el auto anterior del juzgado que sobreseía el procedimiento. El recurso interpuesto por la Fiscalía Provincial solicitaba la revocación del auto apelado y la confirmación del sobreseimiento previamente acordado.

Presencia de la Guarcia Civil durante las labores de exhumación

Según el auto de la Audiencia Provincial de Soria del que tuvo conocimiento ayer Recuerdo y Dignidad “El auto apelado explica perfectamente los motivos por los cuales debe revocar el sobreseimiento y archivo de la causa, y esperar al resultado de las diligencias de instrucción acordadas previamente en el auto de incoación de diligencias previas”. El auto del juzgado de Almazán, según cita la propia Audiencia Provincial “debe mantener la coherencia con lo previamente decidido, por razones de fondo y procesales.” Y subraya que la “resolución”, “ en la que se acordó la práctica de determinadas diligencias de investigación, es firme, y por tanto debe cumplirse en principio lo decidido en ella, salvo imposibilidad de su realización, que no es el caso”. El auto que desestima el recurso del Ministerio Fiscal llega a afirmar que “En definitiva, el auto apelado corrige el anterior, para adecuar el procedimiento a lo que dispone la LECr.” “sin que la Sala encuentre al respecto, motivo alguno para estimar el recurso del Ministerio Fiscal, por prematuro.” El auto concluye acordando desestimar el recurso de apelación formulado por el Ministerio Fiscal, contra el auto dictado por el Juzgado de Almazán confirmando íntegramente la expresada resolución con declaración de oficio de las costas de dicha alzada.

Silverio Lumbreras

Desde Recuerdo y Dignidad se vuelve a denunciar la oposición que se mantiene hasta la fecha por la Fiscalía en relación con la tramitación de causas judiciales instadas para la investigación de los crímenes internacionales cometidos durante la guerra civil y la dictadura franquista, y todo ello en base a una Circular emitida el 30 de septiembre de 2016 por la anterior Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal. La Asociación considera que las Fiscalías Provinciales, en este caso la de Soria, no pueden ni deben oponerse a la apertura de las investigaciones judiciales por los asesinatos de civiles connaturales al levantamiento militar de 1936 pues con dicha actuación se está contraviniendo frontalmente el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Conviene recordar que nos encontramos ante la única causa abierta por los Juzgados y Tribunales españoles que trata de investigar este tipo de crímenes. Una vez más, la Fiscalía con su recurso pretendía dejar en absoluta desprotección a las víctimas de la dictadura franquista, en este caso concreto discutiendo, vía recurso de apelación, el criterio del propio Juzgado. La asociación soriana exige que desde la Fiscalía General del Estado se emita una nueva instrucción de obligado cumplimiento, que deje sin efecto la emitida el 30 de septiembre de 2016, dirigida a las distintas Fiscalías Provinciales para modificar el citado criterio y que sean los propios fiscales los que planteen la necesidad y el impulso adecuado en la tramitación de las correspondientes investigaciones judiciales en relación con los crímenes contra la humanidad que se cometieron durante la dictadura franquista. La actual Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, en diferentes ocasiones, ha hecho pública y ha manifestado su sensibilidad en relación con los derechos que asisten a las víctimas y sus familiares de la dictadura franquista y, por tanto, debería impulsar una acción como la señalada anteriormente. Además, la actual Fiscal General del Estado es una profunda conocedora del Derecho Penal Internacional, siendo por ello plenamente consciente que a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos no se les puede negar sistemáticamente el derecho a la tutela judicial efectiva.

Limpieza del perímetro de la fosa

Por último, queremos recordar que es necesaria la adopción de medidas legislativas efectivas para revertir la situación de impunidad mantenida hasta la fecha en relación con la falta de investigación y enjuiciamiento de los crímenes que se cometieron durante la dictadura franquista y, para ello, es necesaria la implicación del Estado en su conjunto. Y en este sentido queremos instar a que la actual Fiscal General del Estado se pronuncie públicamente y comparezca en el seno de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para poner de manifiesto la vulneración de los derechos más básicos que asisten a las víctimas de la dictadura, la necesidad de impulsar todas las medidas necesarias para que, de una vez por todas, se reconozcan los citados derechos, así como para anunciar el cambio de criterio de la referida Fiscalía General al objeto de que se produzcan todas las investigaciones judiciales necesarias en relación con los crímenes internacionales cometidos durante la dictadura franquista.

5 jun 2020

La Fiscalía vuelve a oponerse a la única causa abierta en España por crímenes del franquismo

Nota de prensa Asociación Recuerdo y Dignidad

Recuerdo y Dignidad pide que la Fiscal General del Estado se pronuncie y tome medidas al respecto

https://recuerdoydignidad.org/notas-de-prensa/es/notas-de-prensa/la-fiscalia-vuelve-a-oponerse-a-la-unica-causa-abierta-en-espana-por-crimenes-del-franquismo

La asociación Recuerdo y Dignidad recibió el pasado mayo la noticia de la interposición de un recurso de apelación por parte de la Fiscalía Provincial de Soria contra la decisión del Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Almazán de reabrir la causa por los asesinatos de La Riba de Escalote.

Por su parte, la asociación memorialista soriana ha procedido a presentar el correspondiente escrito de oposición al recurso interpuesto por Fiscalía.

Desde Recuerdo y Dignidad queremos denunciar la oposición que se mantiene hasta la fecha por la Fiscalía en relación con la tramitación de causas judiciales instadas para la investigación de los crímenes internacionales cometidos durante la dictadura franquista, y todo ello en base a una Circular emitida el 30 de septiembre de 2016 por la anterior Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal.

La Asociación considera que las Fiscalías Provinciales, en este caso la de Soria, no pueden ni deben oponerse a la apertura de dichas investigaciones judiciales pues con dicha actuación se está contraviniendo frontalmente el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Conviene recordar que nos encontramos ante la única causa abierta por los Juzgados y Tribunales españoles que trata de investigar este tipo de crímenes. Una vez más, la Fiscalía pretende dejar en absoluta desprotección a las víctimas de la dictadura franquista, en este caso concreto discutiendo, vía recurso de apelación, el criterio del propio Juzgado.

La asociación soriana exige que desde la Fiscalía General del Estado se emita una nueva instrucción de obligado cumplimiento, que deje sin efecto la emitida el 30 de septiembre de 2016, dirigida a las distintas Fiscalías Provinciales para modificar el citado criterio y que sean los propios fiscales los que planteen la necesidad y el impulso adecuado en la tramitación de las correspondientes investigaciones judiciales en relación con los crímenes contra la humanidad que se cometieron durante la dictadura franquista.

La actual Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, en diferentes ocasiones, ha hecho pública y ha manifestado su sensibilidad en relación con los derechos que asisten a las víctimas y sus familiares de la dictadura franquista y, por tanto, debería impulsar una acción como la señalada anteriormente. Además, la actual Fiscal General del Estado es una profunda conocedora del Derecho Penal Internacional, siendo por ello plenamente consciente que a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos no se les puede negar sistemáticamente el derecho a la tutela judicial efectiva.

Por último, queremos recordar que es necesaria la adopción de medidas legislativas efectivas para revertir la situación de impunidad mantenida hasta la fecha en relación con la falta de investigación y enjuiciamiento de los crímenes que se cometieron durante la dictadura franquista y, para ello, es necesario la implicación del Estado en su conjunto. Y en este sentido queremos instar a que la actual Fiscal General del Estado se pronuncie públicamente y comparezca en el seno de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para poner de manifiesto la vulneración de los derechos más básicos que asisten a las víctimas de la dictadura, la necesidad de impulsar todas las medidas necesarias para que, de una vez por todas, se reconozcan los citados derechos, así como para anunciar el cambio de criterio de la referida Fiscalía General al objeto de que se produzcan todas las investigaciones judiciales necesarias en relación con los crímenes internacionales cometidos durante la dictadura franquista.

La exhumación:

A las 8:30 de la mañana del viernes 27 de septiembre comenzaban las tareas de limpieza y acondicionamiento de la zona de trabajo en torno a la fosa común encontrada en julio en La Riba de Escalote. Simultáneamente se inspeccionaba el terreno cercano en búsqueda de más fosas comunes que pudieran aparecer. En torno a las 12:56 horas aparecía una fosa común a escasos 6 metros de la primera. En la fosa descubierta el 24 de julio había dos personas, en la nueva fosa había otras dos. Los huesos estaban bien conservados y aparecieron varios objetos asociados a los mismos como hebillas, botones de nácar, unos gemelos, unas gafas, y restos de ropa y calzado. Todo indicaría, según la investigación llevada a cabo por Recuerdo y Dignidad, que las cuatro personas serían los sorianos Adolfo Morales y Silverio Lumbreras y los berlangueses Gregorio Valdenebro y Alberto Rodrigo. La segunda fosa encontrada albergaba los cuerpos de 2 personas más jóvenes que los que se hallaban en la primera fosa. Esto podría llevar a pensar en la primera fosa se encontraba de los vecinos de Berlanga y en la segunda los sorianos. Aunque no se puede afirmar nada seguro hasta que no salgan los resultados de las pruebas genéticas. A las 16 horas del sábado 28 comenzó el levantamiento de los cadáveres ante una patrulla de la Guardia Civil enviada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Almazán en la que está abierta la causa por el asesinato de estas cuatro personas. El encargado la custodia de los restos antropólogo forense Francisco Etxeberría. La Sociedad de ciencias Aranzadi procedió al levantamiento y el traslado de los restos a su laboratorio en el país Vasco dónde se procederá la limpieza y el análisis antropológico forense. La asociación soriana considera importantísima esta presencia y la apertura de esta causa pero no quiere crear falsas expectativas, ya que supone que no tendrá mucho recorrido. Actualmente las causas que se abren en España se cierran al considerar los asesinatos connaturales alzamiento militar de 1936, asesinatos aislados en lugar de contemplarlos, como historiograficamente ya se ha demostrado, dentro de un plan de exterminio de civiles. Desde las principales organizaciones de derechos humanos y las principales autoridades de Naciones Unidas en la materia, se ha llamado la atención sobre este aspecto señalando que hasta que no se realiza la prueba de ADN estas personas continúan desaparecidas, por lo que no cabe la aplicación de la prescripción, que tampoco se pueden contemplar como crímenes aislados y que se debe modificar la ley de amnistía o su aplicación. Aun así la ASRD subraya la importancia de esta su tercera ya causa abierta por crímenes contra civiles en la represión dentro de los territorios tomados por los militares rebeldes en 1936, y señala que cada una de las causas ha llegado más lejos que la anterior. Durante todo el fin de semana familiares de los cuatro desaparecidos asesinados presenciaron el proceso. La familia de Alberto Rodrigo había conocido tan solo tres días antes la noticia de la exhumación y su llegada a la fosa fue especialmente emocionante. Junto a más de 30 voluntarios de Recuerdo y Dignidad y una decena de miembros de la Sociedad de Ciencias Aranzadi acudieron diversas autoridades como el Subdelegado del Gobierno en Soria o los alcaldes de la Riba de Escalote, Berlanga de Duero o Almazán. También acudieron vecinos de las localidades cercanas, miembros de las Juventudes Socialistas a las que pertenecían Adolfo Morales y Silverio Lumbreras, integrantes de distintas organizaciones sociales y numerosos medios de comunicación. Desde Recuerdo y Dignidad se señala que estas acciones ayuda a cerrar las heridas que todavía continúan abiertas en las familias de las víctimas y en la propia sociedad. La búsqueda de estas personas ha sido financiada gracias a la reformulación de la subvención en materia de Memoria Histórica que la Junta de Castilla y León otorgó a la Asociación Recuerdo y Dignidad para tratar de localizar y exhumar la Fosa de los Ilustres. Los 4 desaparecidos asesinados objeto de esta búsqueda son:

-Adolfo Morales Ruiz. Natural de Gómara y residente en Soria, donde militaba y fue fundador de las Juventudes Socialistas y en UGT. Era comisionista y tenía 26 años cuando fue asesinado.

-Silverio Lumbreras Pérez corrió la misma suerte que Adolfo, junto a quien pasó por las cárceles de Soria y Almazán. Era electricista de 25 años de edad, perteneciente a las Juventudes Socialistas. Ambos fueron asesinados atados uno al otro, y enterrados del mismo modo.

-Gregorio Valdenebro Moreno, era jornalero de 28 años de edad, casado y perteneciente a Unión Republicana.

-Alberto Rodrigo León, sastre de 32 años, casado y con tres hijos, y concejal del Ayuntamiento de Berlanga, además de ser el Tesorero de Unión Republicana.

La causa:

Recordamos que en una providencia anterior emitida por el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Almazán se ordenaba librar un oficio a la Sociedad de Ciencias Aranzadi con el fin de que se remitieran al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Madrid los restos óseos adecuados para el estudio genético de las personas halladas en la segunda fosa de La Riba de Escalote. En dicha providencia se ordenaba también librar oficio al INTCCFF de Madrid a fin de que procediera a citar a uno de los familiares de Silverio Lumbreras. Con esta citación se convocaba a las familias de los cuatro desaparecidos en La Riba para tomarles muestras biológicas para el estudio genético. Ambos oficios se presentaron en su día en función de otra comparecencia forense del IML y de un escrito presentado por la ASRD. En la primera se señalaba que el INTCCFF disponía de los primeros restos óseos a parecidos en la prospección de la Riba pertenecientes a la primera fosa. Y que la Sociedad de Ciencias Aranzadi custodiaba los restos mortales de las otras dos personas aparecidas en la segunda fosa, a escasos metros. En la comparecencia se indicaba la necesidad de solicitar a la Sociedad de Ciencias Aranzadi restos óseos representativos y adecuados, asegurando la cadena de custodia, para que sean remitidos al INTCCFF. Con estos pasos la ASRD ha conseguido que tenga presencia en el juzgado de lo penal, no solo la exhumación de los restos mortales de las cuatro personas localizadas en dos fosas comunes clandestinas en La Riba ante la presencia de autoridades judiciales, sino que se procure su identificación dentro de un proceso judicial y que, tras su cierre, se decrete la reapertura de la causa. Desde la Asociación soriana Recuerdo y Dignidad se valora muy positivamente que los desaparecidos-asesinados por la represión connatural al levantamiento militar de 1936 y sus familiares puedan tener acceso a la Justicia. Ya que la legislación actual sobre exhumaciones, y sobre víctimas del franquismo en general, se limita a trámites administrativos sin garantía judiciales en contra de lo que establecen las autoridades de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos. Siendo tratados las decenas de milies de civiles hechos desaparecer bajo custodia como meros restos arqueológicos en lugar de cómo víctimas. La implicación de la Justicia supone que estas personas son tratados como víctimas, algo inusual en el Estado Español. La práctica totalidad de las exhumaciones que se practican en España no tienen repercusión judicial pese a que cada una de ellas se comunica el Juzgado correspondiente.

Hay que recordar que esta es la sexta vez que Recuerdo y Dignidad consigue que la Justicia atienda a víctimas de la represión del alzamiento militar de 1936 contra la II República y que en ellas han participado cuatro jueces distintos.

19 may 2020

Ante la propuesta de los partidos del Gobierno sobre Billy el Niño

Comunicado de CeAqua

Ante la Proposición no de Ley presentada conjuntamente en el día de hoy, 18 de mayo de 2020, por el Grupo parlamentario Socialista y Unidas Podemos, relativa a la retirada de condecoraciones a funcionarios y autoridades franquistas, incluidas las que ostentaba Antonio González Pacheco (alias Billy el Niño), desde la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA), si bien, como es obvio, nos posicionamos a favor de que todas las condecoraciones y distinciones sean retiradas a
criminales que formaron parte del aparato represivo de la dictadura, queremos efectuar las siguientes consideraciones:


1º.- Resulta insólito que los dos grupos parlamentarios que sustentan y conforman el actual Gobierno le pidan a éste que adopte una serie de medidas, sin concretar y sin especificar, para que proceda a la retirada de las menciones y condecoraciones.
2º.- La iniciativa presentada carece de carácter legislativo, puesto que una
Proposición no de Ley es una mera declaración de intención política que introducirá un debate en el Congreso de los Diputados sin un horizonte temporal claro y que a estas alturas resulta estéril, inefectivo y extemporáneo.
3º.- Como en la propia Exposición de Motivos de la Proposición no de Ley se
indica, esta cuestión ya ha sido debatida en el ámbito del Congreso de los Diputados en diferentes momentos, en reiteradas ocasiones y el posicionamiento de los diferentes grupos parlamentarios está bastante definido.
4º.- Si se pretende introducir un debate en el ámbito del Parlamento se debe efectuar una vez presentadas y registradas las correspondientes medidas de carácter legislativo concretas, precisas y efectivas para proceder a la retirada de las medallas y condecoraciones de los represores franquistas.
5º.- En cualquier caso recordaremos una vez más que la retirada de distinciones y condecoraciones a los criminales franquistas que formaron parte del aparato represivo debe ser el corolario respecto a la investigación y enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad cometidos durante el citado período dictatorial y la subsiguiente transición política.
6º.- Debemos recordar que son más de cincuenta querellas criminales las
presentadas contra torturadores franquistas ante los Juzgados y Tribunales españoles habiendo sido todas ellas inadmitidas a trámite, esto es, rechazadas. Algunas de esas querellas estaban dirigidas contra Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño.

Ante la comisión de crímenes contra la humanidad y la gravísima y vergonzosa situación de impunidad mantenida por el Estado español, las fuerzas parlamentarias que sustentan el Gobierno se limitan a presentar una Proposición no de Ley para retirar medallas y condecoraciones a funcionarios y autoridades que estaban integrados en el aparato represivo de la dictadura cuando persisten políticas que impiden la investigación y
enjuiciamiento de dichos crímenes en el orden jurisdiccional penal.
Desde CEAQUA queremos expresar nuestra disconformidad ante una medida efectista, que no efectiva, e instamos a la totalidad de los grupos parlamentarios a impulsar medidas legislativas que reviertan las políticas de impunidad mantenidas hasta la fecha, entre otras, la modificación/derogación de la Ley de Amnistía, la incorporación del
principio de legalidad internacional a nuestro ordenamiento jurídico interno ó la reforma de la Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales de 2014.

Además, exigimos al Gobierno de coalición que declare la nulidad de pleno
derecho del Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2015 por el que se denegó la extradición de la mayoría de los imputados en la querella argentina, y que inste a la Fiscalía General del Estado a dejar sin efecto la Instrucción ó Circular de fecha 30 de septiembre de 2016 a fin de que desde dicho operador jurídico se impulse la investigación
de los crímenes internacionales cometidos durante la dictadura franquista.

Llegamos tarde, pero con este tipo de iniciativas, mucho más y mientras tanto los victimarios fallecen y, lo que es más triste y frustrante, nuestros compañeros también.

PSOE y Podemos mueven ficha para retirar las medallas a ‘Billy el Niño’ a título póstumo

https://www.elperiodico.com/es/politica/20200518/psoe-podemos-retirada-medallas-billy-el-nino-7965895

14 abr 2020

Campaña “10 aniversario de la Querella Argentina”

Puedes enviar un correo a rompelaimpunidad@gmail.com para mostrar tu apoyo a la investigación de los crímenes del franquismo desde el 14 al 21 de abril

⚖ Acompáñanos en el 10 aniversario de la querella argentina y comparte cartas, textos, imágenes, vídeos, expresando el apoyo y solidaridad con el único procedimiento abierto para juzgar los crímenes del franquismo.

🔍Queremos visibilizar el respaldo social a este instrumento de lucha contra la impunidad.

📌Entre el 14 y el 21 de abril, compilaremos y publicaremos lo que recibamos en los canales de Telegram, Twitter y Facebook de CEAQUA lo que nos enviéis.

📧 Para escribirnos, hazlo a rompelaimpunidad@gmail.com (máximo 200 palabras)

⃣ También puedes escribir un Twitter con el hastag #10aniversarioQuerellaArgentina

➡ Puedes ver la información en:

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